Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0578/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-08

Carátula: GRANDI DIONISIO ALBERTO C/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: INIC.SUMARIO

EXPTE. N° 0578/2006

CARATULA: GRANDI DIONISIO ALBERTO C/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, noviembre de 2.006.-

Agréguense las constancias acompañadas y la copia del título del automotor (original en Secretaría).-

Por promovida demanda, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a la demandada por el término de 20 días a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Con relación a la medida cautelar pedida a fs. 42 vta., atento los hechos relatados en la demanda y lo que surge de la documentación acompañada con la misma, se advierte que no se encuentran reunidos, a esta altura del proceso, con la entidad necesaria para ello, los recaudos contenidos en los arts. 195 y sgtes. del C.Pr., y en especial, dada la naturaleza y finalidad de la medida solicitada, la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, en razón de lo cual a la misma, en este estado, no ha lugar (conf. arts. 195 sgtes. y cc y 230 del C. Pr.).-

Acompáñese la copia del recibo de pago del derecho de adjudicación reservado en Secretaria, la cual no ha sido adjuntada con el escrito en despacho.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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