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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0439/2006
Fecha: 2006-11-07
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ NEGRO CARLOS OSCAR Y OTRO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: REMATE EJECUCION FISCAL
Viedma, noviembre de 2.006.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ NEGRO CARLOS OSCAR Y OTRO S/ EJECUCION FISCAL", (Expte. Nº 0439/2006); y
CONSIDERANDO:
Que el título es ejecutivo (art. 604 del Código Procesal Civil y Comercial).-
Que los demandados no opusieron excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial.-
Por ello;
RESUELVO:
I.- Llevar adelante la ejecución en contra de los sres. Carlos Oscar Negro y Julio César Martinez, condenándolos a pagar a la Provincia de Río Negro la suma de $ 144.930 en concepto de capital reclamado e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde la fecha en que debieron ser abonados las sumas reclamadas y hasta el 30/09/06 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago.-
II.- Imponer las costas del presente juicio a los ejecutados (Art. 68 del C. Pr.).-
III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Natalia Falugi, en la suma de $ 16.739 M.B.: $ 144.930 coef. 11% red. en un 25% y 40%. (Arts. 7, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro