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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0731/2005
Fecha: 2006-11-07
Carátula: PERALTA JULIO NESTOR Y OTRA C/ CARDENAS JOHNSON OSCAR ROBERTO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
Descripción: PROVIDENCIA
EXPTE. Nº : 0731/2005.-
CARATULA: "PERALTA JULIO NESTOR Y OTRA C/ CARDENAS JOHNSON OSCAR ROBERTO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR".-
VIEDMA, noviembre de 2006.-
Atento el estado de autos y resultando extemporánea la denuncia efectuada, devuélvase a su presentante el escrito a despacho.-
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
NOTA: De procederse a la devolución del escrito ¨Denuncia hecho nuevo¨, presentado por el Sr. Oscar Roberto Cárdenas Johnson con el patrocinio del Dr. Adrian Fernando Otero, el 31-10-06 a las 9,20 horas. Conste.-
Secretaría, de noviembre de 2006.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro