Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36549

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-07

Carátula: ALFARO Eliseo otra c/VALLE Luis y otro S/ Daños y Perjuicios

Descripción: Acta-caducidad testimonial

Autos: "ALFARO Eliseo otra c/VALLE Luis y otro S/ Daños y Perjuicios" (Expte. Nro. 36549)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los tres dias del mes de Noviembre de 2006, siendo las 8.40 horas, comparece ante ante mí Secretaria Autorizante, la Dra. Margot Perez Bambill en carácter de apoderado de la parte actora y el dr. José María Iturburu en carácter de gestor procesal de Zurich Arg. Cía de Seguros. Abierto el acto, los profesionales dejan constancia de su comparecencia a la audiencia fijada para el día de la fecha, y de la incomparecencia de los testigos citados. La Dra. Perez Bambill solicita se decrete la caducidad de las testimoniales de Ahumada y Guerra, se deja constancia que no se encuentran las cédulas para los mencionados. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 7 de NOVIEMBRE de 2006.=

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 432 del C.P.C., declárase la caducidad de la testimonial del PEDRO GEZ.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro