Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0460/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-06

Carátula: PRATI RICARDO PABLO Y MARANINO NELIDA ESTER S/ DIVORCIO VINCULAR S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

Descripción: CLAUSURA DE PRUEBA

EXPTE. Nº 0460/2006

AUTOS: PRATI RICARDO PABLO Y MARANINO NELIDA ESTER S/ DIVORCIO VINCULAR S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

Viedma, noviembre de 2.006.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Alejandro J.E. Moldes

Juez

Señor Juez:

Conforme a lo ordenado precedentemente, certifico que el término probatorio se encuentra vencido y que se han producido en autos, las siguientes pruebas que obran en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA:

INFORMATIVA: A la Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro obrante a fs. 61. A la Administración Federal de Ingresos Públicos obrante a fs. 63 y a la Dirección General de Personas Jurídicas obrante a fs. 65.-

Secretaría; noviembre de 2.006.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, noviembre de 2.006.-

Atento a la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y atento al estado de las actuaciones, córrase vista a la sra. Asesora de Menores e Incapaces.-

jc

Alejandro J.E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro