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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37568
Fecha: 2006-11-06
Carátula: MANCILLA Liliana Patricia S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: traslado art.81 del CPC.-
//neral Roca, 06 de Noviembre de 2006.-
Al punto I, agréguese..-
Al punto II, en atención a lo solicitado y estado de autos, de las pruebas producidas traslado a la contraria por el término de cinco dias.(art.81 del CPC).-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro