Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37568

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-06

Carátula: MANCILLA Liliana Patricia S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: traslado art.81 del CPC.-

//neral Roca, 06 de Noviembre de 2006.-

Al punto I, agréguese..-

Al punto II, en atención a lo solicitado y estado de autos, de las pruebas producidas traslado a la contraria por el término de cinco dias.(art.81 del CPC).-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro