Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 12994-178-04

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-11

Carátula: DEICAS JUAN CARLOS C/ EMPRENDIMIENTOS BARILOCHE Y OTROS (CUMPL. CONTRATO Y COBRO PESOS) S/ ORDINARIO (7 cuerpos-4 sobres-libremente con efecto suspensivo)

Descripción: INTERLOCUTORIO

Expediente Nro.12994-178-04

SAN CARLOS DE BARILOCHE, DE JULIO DE 2005

VISTOS: Los autos caratulados: “DEICAS Juan Carlos c/ EMPRENDIMIENTOS BCHE. Y OTROS (CUMPL. CONTRATO Y COBRO PESOS) s/ ORDINARIO”, expte. nro. 12994-178-04 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO:

Que el sobre reservado bajo el nº 7141/94 (reg. de Ia. Instancia), conteniendo documentación original descripta a fs. 33 vta., no ha sido remitido a esta Cámara en ocasión de la elevación de los autos.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Requerir al Juzgado de origen de esta causa, la remisión del sobre reservado bajo el nº 7141/94; a cuyo fin: ofíciese.

2do.) Interin, interrumpir los plazos para fallar.

3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

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Poder Judicial de Río Negro