Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 24861IV

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-02

Carátula: AUTOMIL S.R.L. S/ Quiebra

Descripción: regulacion

General Roca, 02 de noviembre de 2006.-

En mérito a lo dispuesto por el art.222 de la ley 24522 y sus modificaciones, regúlanse los honorarios profesionales del síndico Cr. Roberto Pecini en la suma de $ 13.000.- y los del Dr. Hernán Etcheverry en la suma de $ 4.000.- a cargo de la sindicatura.- (M.B. $ 65.000.- arts. 6, 6 bis y 7 de la ley 2212 y arts., 265 inc.3, 267 y cc. de la ley 24522 y sus modificaciones.-

Se fijan en $ 450.- la contribución correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas por los honorarios regulados al Cr. Pecini.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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