Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36549

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-01

Carátula: ALFARO Eliseo otra c/VALLE Luis y otro S/ Daños y Perjuicios

Descripción: audiencia

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 8,30 hs. del día 01 de noviembre de 2006, comparece ante mi Secretaria Autorizante el Dr. Sergio Santiago Espul, en el caracter de apoderado de los actores.- Abierto el acto se deja constancia de su comparecencia a la audiencia fijada y la incomparecencia del testigo.- Ante ello y las constancias de fs. 334 solicita se decrete la caducidad de la prueba testimonial de Bastonero.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 01 de noviembre de 2006.-

Atento lo dispuesto por el art. 432 del C.P.C., declarase la caducidad de la testimonial del Sr. Bastonero.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro