Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36363

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-11

Carátula: GALAN Rosa c/ALMENDRA Graciela A. y otro S/ Desalojo

Descripción: certificación

General Roca, 11 de julio de 2.005.-

Atento las constancias de fs. 65, 68 y 72, téngase por contestado el traslado conferido en legal tiempo y forma respecto del hecho nuevo, para el momento de dictar sentencia.-

Téngase presente el desistimiento de la prueba oportunamente ofrecida por la parte actora (testimonial de Leonar).-

Certifique el Actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que habiendo vencido el término probatorio, de la prueba oportunamente ofrecida por la parte demandada, aun resta realizar: pericial caligráfica.-

De la ofrecida por la parte actora, no resta realizar prueba alguna.-

Secretaría, 11 de julio de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 11 de julio de 2.005.-

De la certificación que antecede, vista a las partes.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro