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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 24145III
Fecha: 2005-07-11
Carátula: BRAVO Eduardo y otros c/RUCA PEL Coop. Viv. Const. Serv. Ltda S/ Ejecutivo
Descripción: providencia
General Roca, 11 de julio de 2005.-
Atento lo dispuesto por los arts. 3410 y 3417 del C.C., a la solicitud de inscripcion a nombre del causante no ha lugar por no corresponder.-
A fin de inscribir los bienes a nombre de los herederos, acompañese copia autentica de la declaratoria de herederos, libres deudas, condiciones de dominio actualizados de los inmuebles cuya inscripcion se requiere y libre inhibición del causante.-
A la prescripción planteada no siendo tema de estos autos, no ha lugar por improcedente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro