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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37270
Fecha: 2006-10-30
Carátula: ZECCA Mario en Santos Genchi S/ Verificación
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 30 de octubre de 2006.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " ZECCA MARIO en SANTOS GENCHI S.A. y EXPLOTACIONES RURALES INACAYAL s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE DE EXTENSIÓN DE QUIEBRA LA AGRICOLA DEL SUR SRL s/ VERIFICACION " (Expte. Nº 37.270-III-05).-
A fs.3 se presenta el Dr. Mario Zecca y solicita la verificación de su crédito en la quiebra de Santos Genchi y Santos Genchi S.A. por la suma de $ 9.754,50.- que corresponden a gastos y honorarios de los autos caratulados " Gamboa Ismael Mariano c/ Genchi Santos y otro s/ Ejecutivo " (Expte. Nº 34.699-III-02). Indica que ambos deudores resultan solidarios conforme constancias de la causa principal.-
A fs.6/7 se expide la sindicatura, a fs.8 se dictan autos para resolver.-
Analizada la presentación del incidentista, el dictamen de la Sra. Sindico y las constancias obrantes en la causa ejecutiva que diera origen a los honorarios y gastos reclamados, corresponde hacer lugar a la verificación solicitada en los términos dictaminados por la sindicatura, resultando ambos deudores solidarios.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts.33 y 36 de la ley 24522.-
RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado y en su consecuencia declarar verificado el crédito del Dr. Mario Virgilio Zecca en la quiebra de Santos Genchi y Santos Genchi S.A. por la suma de $ 9.750,50.- con carácter de quirografario, suma que deberá computarse en los pasivos de ambos deudores.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro