Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37332

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-26

Carátula: CLERICHI Pablo c/ MONTI Jose Maria y Otra S/ Sumario

Descripción: acepta cargo/se fija anticipo//audiencia//sorteo tasador

//neral Roca, 24 de octubre de 2006.-

Al punto 1, fíjase la suma de $ 150 en concepto de anticipo para gastos la que deberá ser depositada dentro del plazo de cinco dias, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOT.-

Al punto 2, suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentra a disposición del perito el anticipo para gastos fijado precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En la ciudad de General Roca, provincia de Rio Negro, siendo las 9,30 hs. del día 25 de octubre de 2006, comparecen ante mi Secretaria Autorizante el Dr. Daniel Arce en el caracter de patrocinante de la parte actora y el Dr. Adolfo Martinez en el caracter de patrocinante de la demandada.- Abierto el acto comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma, dijo ser y llamarse, ENRIQUE JUSTO EPIFANIO, D.N.I. Nª 26.805.385, de mi conocimiento doy fe, argentino, soltero, notario, con domicilio real en Mitre 810 9 E de General Roca, quien declara a tenor del pliego que de viva voz le formula el Dr. ARce.- 1) Por las generales de la ley CONTESTO: no le comprenden.- 2)... si el contrato de compraventa de inmueble sito en calle General Paz 1131 se celebro en la escribania del testigo, de fs. 2, 3 y 4.- CONTESTO: si, sin duda.- 3)... si lo redacto Ud. personalmente.- CONTESTO: si, fue redactado por mi.- 4)... si interpreto la voluntad de las partes.- CONTESTO: uno cree que si.- si.- 5)... si conforme la clausula tercera el inmueble seria entregado libre de ocupantes.- CONTESTO: segun lo convenido por las partes en el convenio si.- 6)... si conforme la clausula 4 las partes convinieron el tope de hacerse cargo de las deudas por parte del actor hasta la suma de $ 3.500.- CONTESTO: si, si el tope fue de $ 3.500.- por la totalidad de la deuda.- 7)... si con posterioridad a la celebracion de dicho contrato ha tenido consultas respecto al mismo, por parte de actor o demandado.- CONTESTO: si, poco tiempo despues de la celebracion del contrato, creo recordar que si.- la consulta fue por una cuestion de interpretación de la clausula cuarta.- 8)... si lo consultaron por la clausula tercera.- CONTESTO: no recuerdo realmente.- En este estado pregunta el Dr. Martinez.- 9)... dado los conocimientos tecnicos que tiene el testigo, si de la redacción de la clausula cuarta se interpreta que el limite total por la deuda por todos los impuestos es de $ 3.500.- CONTESTO: hay que reconocer que la redaccion no esta del todo clara, pero la clausula y el tope fue insertado en el contrato bajo mi recomendación, ya habiamos tenido un caso hace poco en la escribania donde el comprador tomaba a su cargo las deudas, y como aca pasaba lo mismo, les recomende que pusieran la cifra, porque declaraban que ya la conocia.- Creeria que esa fue la intención.- Las partes conocian que hasta la suma de $ 3.500 el comprador asumia las deudas atrasadas.- 10)... si se verifico la deuda que mantenia el inmueble por tasas retributivas, agua e impuesto inmobiliario a ese momento.- CONTESTO: No por mi parte.- 11)... si se hablo de cual era la deuda total por tales conceptos.- CONTESTO: SI, decian conocer que la deuda total era de $ 3.500.- 12)... si las partes en su presencia refirieron que la deuda a esa fecha era de $ 3.500.- CONTESTO: que si.- la deuda no, la que tomaba a su cargo el comprador era de $ 3.500.- 13)... si se refirio cual era la deuda total.- CONTESTO: que no lo sabe.- 14)... si en presencia del testigo, las partes pusieron en conocimiento que el inmueble se encontraba ocupado.- CONTESTO: no recuerdo.- 15)... si las partes en algun momento fueron hacer algun planteo respecto de la cuestion de la ocupación.- CONTESTO: con posterioridad a la firma del boleto no lo recuerdo.- 16)... si el Sr. Clerichi se habia comprometido a firmar pagares para afianzar las cuotas del pago del saldo de dicho precio.- CONTESTO: si es correcto.- 17)... si efectivamente lo hizo, y en caso negativo cual fue el motivo por el cual no lo hizo.- CONTESTO: por lo que recuerdo confecciono los pagares sin firmarlos y ante estimo de algun incumplimiento que no recuerdo no se firmaron.- 18)... si se efectivizo la entrega del dinero de la clausula segunda en el acto de la firma.- CONTESTO: no lo recuerdo.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-

En General Roca, provincia de Río Negro, siendo las 10,30 hs. del día 26 de octubre de 2.006, comparece ante mi Secretaria Autorizante, el representante del Colegio de Martilleros, Rosa Dell Orfano,a fin de realizar el sorteo fijado para el día de la fecha. Abierto el acto, se procede a la extracción de bolilla, la que resulta ser la N* 4, que en el listado del Colegio corresponde a Astudillo Ricardo Ernesto, con domicilio en Tucuman 2277 de General Roca.- No siendo para más se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 26 de octubre de 2.006.-

Atento el sorteo realizado, desígnase tasador Astudillo Ricardo Ernesto, con domicilio en Tucuman 2277 de General Roca, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado, y proceder a llevar adelante su cometido, en el término de diez días bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese mediante cédula.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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