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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21522/06
Fecha: 2006-10-25
Carátula: OCARES FUENTEALBA BELARMINO SEGUNDO S/ INDULTO
Descripción: A.I. (Of.)
///MA, 25 de octubre de 2006.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "OCARES FUENTEALBA BELARMINO SEGUNDO S/INDULTO"(Expte.N°21522/06-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art.44 inc.b de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art.181 inc.4 de la Constitución Provincial, y - - - - -
CONSIDERANDO: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores Jueces doctores Víctor Hugo SODERO NIEVAS y Alberto Italo BALLADINI, dijeron:.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que a fs. 3 se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, BERLAMINO SEGUNDO OCARES, nacido en Cautín, Chile, el 15/11/1947, actualmente internado en la Cárcel de Encausados de General Roca, para solicitar una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera.- - - - - - - - - - - - - - -
-----El encartado fue sentenciado en fecha 22/12/2005, en causa N° 2994/05 por la Cámara Segunda en lo Criminal de la IIa. Circunscripción Judicial, a la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por considerarlo autor de los delitos de CORRUPCION DE MENORES EN CONCURSO IDEAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL REITERADO EN UN NUMERO INDETERMINADO DE VECES, AGRAVADO POR SU CONDICION DE PROGENITOR (fs. 10/11).- - - - - - - - - - - - - -
-----Según el informe de Secretaría del Tribunal sentenciante a fs.9, el encartado en autos fue detenido el 04/11/2004. Por lo tanto agota la pena impuesta el 03/11/2.014.- - - - - - - - - -
-----Del informe carcelario de fs. 7 surge que el interno desde su ingreso a la Unidad se ha adaptado al régimen imperante. No registra sanciones disciplinarias ni huelga de hambre. No ha presentado problemas con personal policial y se lo califica como EJEMPLAR en lo NUMERICO: NUEVE (9). - - - - - - - - - - -
-----A fs. 14 obra informe de la comisión evaluadora, dictaminando que teniendo en cuenta el tipo de delito, se considera fundamental un tratamiento penitenciario específico para estos casos, ya que la problemática requiere un abordaje especial. Por lo expuesto se expide DESFAVORABLEMENTE.- - - - -
-----Que de las constancias obrantes en autos; el hecho atribuido, el tipo de delito cometido por el encartado, se determina, por el momento, no innovar respecto del tratamiento dispensado, y evaluar el comportamiento en esta etapa de su vida, y de esta manera, corroborar que el tratamiento impartido ha sido un verdadero cauce entre su impulsividad y los valores socialmente aceptados. Para ello, y a los fines de poder determinar si el peticionante se encuentra encarrilado hacia valores socialmente aceptados, sería conveniente prolongar el tratamiento actual durante un lapso prudencial. Y, de esta manera, producir un seguimiento estricto sobre los progresos del interno. Por lo tanto es nuestro criterio expedirnos, por el momento, desfavorablemente, a lo peticionado. ASI VOTAMOS.-
----- Por ello;
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E
Primero: Informar desfavorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a BELARMINO SEGUNDO OCARES FUENTEALBA.- - - - - -
Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas y oportunamente archivar.- - - - - - - -
Constancia: Que no participa de la presente el señor Juez doctor Luis Lutz por encontrarse en Comisión de Servicios (Art.39 L.O.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO ITALO BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICI A
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Poder Judicial de Río Negro