Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 21488/06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-25

Carátula: ECHEVERRIA GERONIMO S/ INDULTO

Descripción: A.I. (Of.)

///MA, 25 de octubre de 2006.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "ECHEVERRIA GERONIMO S/ INDULTO" (Expte. N° 21488/06/03-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 Inc. b) de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 Inc. 4to. de la Constitución Provincial, y - - - - -

CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Los señores Jueces doctores Alberto Italo Balladini y Víctor Hugo Sodero Nievas, dijeron:.- - - - - - - - - - - - - - - -

-----Que a fs. 4 el condenado GERONIMO ECHEVERRIA, nacido en Sierra Colorada (R.N.), el 18/10/48, actualmente alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 1 de esta ciudad, se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera (fs. 9/15).- - - - - - - - - - - - - - - - -

-----El encartado en autos se encuientra condenado por la Cámara en lo Criminal de Viedma, por considerarlo autor del delito de HOMICIDIO SIMPLE (hecho cometido el 16/03/04), a la pena de DIEZ (10) años de prisión y accesorias legales (fs. 09/15).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Según el cómputo de pena practicado por el Sr. Secretario del Tribunal sentenciante de fs. 16 y vta., el encartado fue detenido el 17/03/2004, en consecuencia vence la pena impuesta el 17/03/2014.- - - - - - - - - - - - - - -

----- En el informe carcelario de fs. 23, de fecha 23/06/2006 se establece que el interno desde su ingreso a la fecha no ha recibido llamados de atención por parte de esta jefatura, es una persona mayor goza de un buen concepto, en virtud que el encartado se ha adaptado rápidamente al régimen imperante, respetando tanto al personal de esta área, como también su convivencia con sus pares. Se concluye favorablemente al beneficio solicitado por el interno (puntaje 7 y 5). A fs. 29/30, se expide la comisión evaluadora, analizando los siguientes puntos: el interno se encuentra incorporado a la Fase de Consolidación de la Progresividad del Régimen Penitenciario. Continúa integrado a su grupo familiar de origen, sin establecer relación de pareja afectiva ni descendientes reconocidos. Recibe visitas de la hermana. En el área educativa asiste al taller de porcicultura, presentando excelentes relaciones interpersonales al igual que su rendimiento académico. Laboralmente está afectado al taller de corrales, se observa disposición adecuada, actitud reflexiva ante el hecho delictivo e interés por construír un proyecto vital. Concluye con diagnóstico favorable.- - - - --

-----De las constancias obrantes en autos, y en este caso en particular, tanto el Consejo Correccional del Centro de Detención, como la Comisión integrada en virtud del art. 5to del Decreto 1771/91 son similares al dictaminar favorablemente respecto a una rebaja de pena. Siendo evidente que existe una positiva evolución respecto del condenado. Entendiendo que el presente será un fuerte estímulo en el solicitante ante su anhelada libertad; y en virtud de que su conducta y concepto, son los únicos referentes que tiene este Cuerpo para analizar y proyectar así, una posible reinserción social del mismo; y con el convencimiento que una mínima rebaja en su condena operará en él como incentivo para conformar una personalidad fortalecida, logrando una adaptabilidad social a corto plazo, es nuestro criterio expedirnos, por el momento, favorablemente a lo solicitado. ASÍ VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Por ello;

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E

Primero: Informar favorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a GERONIMO ECHEVERRIA.- - - - - - - - - - - - - -

Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas, y oportunamente archivar.- - - - - - - -

Constancia: Que no participa de la presente el señor Juez doctor Luis Lutz por encontrarse en Comisión de Servicios (Art.39 L.O.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO ITALO BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICI A

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Poder Judicial de Río Negro