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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21485/06
Fecha: 2006-10-25
Carátula: MESA IRIS DE LAS NIEVES S/ INDULTO
Descripción: A.I. (Of.)
///MA, 25 de octubre de 2006.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "MESA IRIS DE LAS NIEVES S/ INDULTO" (Expte. N° 21485/06-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 Inc. b) de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 Inc. 4to. de la Constitución Provincial, y - - - - -
CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Los señores Jueces doctores Víctor Hugo Sodero Nievas y Alberto Ítalo Balladini, dijeron:.- - - - - - - - - - - - - -
-----Que a fs. 4/5 se presenta IRIS DE LAS NIEVES MESA, nacida el 28/05/83, internada en la Carcel de Encausados de la ciudad de General Roca, ante el señor Gobernador de esta Provincia, solicitando una rebaja de la pena que oportunamente se le impusiera (conf. fs. 18).- - - - - - - --
-----La peticionante en autos purga la siguiente condena: Con fecha 28/10/2004 la Cámara en lo Criminal de Viedma en Expte N° 46/21/04 la condena por considerarla autora del delito de ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA a la pena de cinco (5) años y tres (3) meses de prisión (Conf. fs. 10/17).- - - - --
-----Según el informe proporcionado por la Sra. Secretaria del Tribunal sentenciante de fs. 18, la encartada fue detenida el 13/01/2003 -fecha del ilícito por el que resultara condenada en la causa-. Por lo tanto, agota la pena impuesta el 13/04/2008.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----En el informe carcelario de fs.24 de fecha 16/05/06 se establece que la interna desde su ingreso se ha adaptado al régimen imperante.No registra sanciones disciplinarias ni huelga de hambre.No ha presentado problemas de convivencia con sus pares ni con personal policial.Acata las ordenes emanadas,siendo disciplinada y moderada en su actual.Mantiene el orden su lugar de alojamiento y de los elementos a su cargo Calificada con concepto MUY BUENO,numeral OCHO (8).- --
-----A fs. 26 se encuentra el dictamen de la Comisión evaluadora (art.5° del Dec.N°1771/91) en el cual se informa que la interna se ha incorporado a la Libertad Condicional, considerando conveniente realizar una evaluación desde la perspectiva de su reintegro a la sociedad. Posteriormente a fs. 29/30, se agrega el informe social del que surge que MESA, ha demostrado buena predisposición al diálogo y al abordaje técnico. Se visualiza intención de construír un proyecto vital. Refelxiona ante el hecho delictivo y su proceder. Probable toma de conciencia.- - - - - - - - - - - -
----- De las constancias obrantes en autos, es evidente que existe una marcada, positiva y sostenida evolución respecto de la condenada, por ello, es indudable que el presente será un fuerte estímulo en la solicitante. En otro orden, hay que tener en cuenta que ha mantenido en su vida de intramuros una muy buena conducta y concepto dentro de un lapso considerable, seguramente ha producido algún cambio importante en su personalidad. Por todo lo expuesto y en virtud de que su conducta y concepto, son los únicos referentes que tiene este Cuerpo para analizar y proyectar así, una posible reinserción social del mismo; y con el convencimiento que una mínima rebaja en su condena operará en ella como incentivo para conformar una personalidad fortalecida, logrando una adaptabilidad social a corto plazo, es nuestro criterio expedirnos favorablemente a lo peticionado. ASÍ VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Por ello;
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E
Primero: Informar favorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a IRIS DE LAS NIEVES MESA.- - - - - - - - - - - -
Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas, y oportunamente archivar.- - - - - - - -
Constancia: Que no participa de la presente el señor Juez doctor Luis Lutz por encontrarse en Comisión de Servicios (Art.39 L.O.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO ITALO BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro