Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 18968/03

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-25

Carátula: GONZALEZ ERNESTO S/ INDULTO

Descripción: A.I. (Of.)

///MA, 25 de octubre de 2.006.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "GONZALEZ, ERNESTO s/INDULTO" (Expte. N° 18968/03-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 inc. b de la Ley N° 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 inc. 4 de la Constitución Provincial, y- - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores Jueces doctores Alberto I. BALLADINI y Víctor H. SODERO NIEVAS dijeron:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Que a fs. 2/3 Ernesto González, DNI. N° 8.215.080, nacido en Cervantes el 4 de noviembre de 1949, internado en la Sub-Comisaría 65a. de Gral. E. Godoy, se presenta ante el señor Gobernador de esta Provincia, para solicitar una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera.- - - - - - - - --

-----El encartado fue sentenciado en fecha 03-09-2001, en causa N° 2005/01-CCII por la Cámara Segunda en lo Criminal de la IIa. Circunscripción Judicial, a la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN, por considerarlo autor del delito de PROMOCION DE LA CORRUPCION DE MENORES AGRAVADO (fs. 9/13).- - - - - - - - - - - -----Según informa la Secretaría del Tribunal sentenciante a fs. 14, el encartado en autos fue detenido el 29-11-00 y que agota la pena impuesta el 28-11-2011.- - - - - - - - - - - - - -----A fs. 40/41 obra informe psicológico del Cuerpo Médico Forense de General Roca, conforme a lo requerido a fs. 27, concluyendo en que "El pronóstico de readaptación social del examinado no resulta favorable, atento el tipo delictual involucrado, la falta de tratamiento específico en el lapso en que se encuentra cumpliendo condena la cual vivencia más como una restricción molesta temporal que como una imposición de pena-, como así la falta de responsabilización de sus actos".- -----El informe carcelario de fecha 06-07-2006 (fs. 37) hace referencia a que el interno se desenvuelve correctamente, haciendo caso a las directivas impartidas; se lo califica con conducta ejemplar (9).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Asimismo que es respetuoso con el personal que tiene la misión de custodiarlo, lo cual lo hace merecedor de un concepto ejemplar (9).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A fs. 45 luce el informe de la Comisión Evaluadora (art. 5 del Dto. N° 1771/91), el que observa que "Teniendo en cuenta el tipo de delito por el cual el interno se encuentra condenado, se considera fundamental un tratamiento penitenciario específico para estos casos, ya que la problemática requiere un abordaje especial". El mismo concluye en forma desfavorable en relación a la presente solicitud.- - - - - - - - - - - - - - -

-----Que en reiteradas oportunidades este S.T.J. ha manifestado el carácter excepcional de la medida intentada y que debe mediar consenso de opinión entre todos los estamentos encargados del control de la ejecución de la pena, lo cual no se da en este caso particular.- - - - - - - - - - - - - - - - - -----Compartiendo las conclusiones dadas en el informe de fs. 40/41 y coincidiendo con lo dictaminado a fs. 45, nos expedimos en forma desfavorable respecto a la reducción de pena solicitada, atento a que por el momento no se dan las condiciones mínimas e indispensables como para acceder a lo solicitado a fs. 2/3 por Ernesto González. ASI VOTAMOS.- - - - -----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Informar desfavorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a Ernesto GONZALEZ.- - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas y oportunamente archivar.- - - - - - - --

Constancia: Que no participa de la presente el señor Juez doctor Luis Lutz por encontrarse en Comisión de Servicios (Art.39 L.O.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO ITALO BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICI A

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Poder Judicial de Río Negro