include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13995-098-06
Fecha: 2006-10-25
Carátula: CORTES EDUARDO / BRAVO CARLOS S/ EJECUTIVO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:13995-098-06
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 25 DE OCTUBRE DE 2006.-
VISTOS: Los autos caratulados: “CORTES Eduardo c/ BRAVO Carlos (P.V.E.) s/ EJECUTIVO”, expte. nro.13995-098-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que esta causa lleva el n° 00461-02; a la cual ha sido incorporda la n° 05757-06 (V. fs. 159 y sigts.).
Que, no obstante, se advierte que las fs. 160, 169 y 171, pertenecerían a la que lleva el n° 0524-182-01.
Por lo cual, y a los fines de ordenar el procedimiento, LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) disponer que vuelvan los autos a su instancia originaria a fin de que se ordene el expediente, sólo con los escritos y/o resoluciones que correspondan a la causa en examen; o, en su caso, se den razones de la inclusión de dichas piezas en este expediente.
2do.) hecho, se remitan nuevamente a la Cámara, conjuntamente con la causa n° 0524-182-01 mencionada por el recurrente (fs. 170).
3ro.) ínterin interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-
4to.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro