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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37181
Fecha: 2006-10-24
Carátula: IRALDI Mara Noelia V. C/REHEBEIN Miryan S/ Desalojo
Descripción: a cédula//a defensoria Silfenia
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CEDULA DE NOTIFICACION
Miryan Rehebein
Villegas 919, Dpto. 2 (REAL)
CIUDAD
Hago saber a Ud. que en los autos cartulados: “IRALDI MARA NOELIA V. C/REHEBEIN MIRYAN S/DESALOJO” (EXPTE. N* 37.181-III-05), en trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial y de Minería N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la sentencia que dice: “General Roca, 23 de octubre de 2.006.- ...FALLO Haciendo lugar a la demanda promovida por la Sra. MARA NOELIA VICTORIA IRALDI contra la Sra. MIRYAN REHBEIN , y en su consecuencia condenando a esta última y cualquier ocupante del inmueble ubicado en calle Villegas 919 Dto. 2 de General Roca, a desalojar en el término de DIEZ días, bajo apercibimiento de proceder a su desahucio.-Notifíquese y regístrese.- Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 45.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
General Roca, 24 de octubre de 2.006-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro