Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0021/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-23

Carátula: VIGGIANI SUSANA C/ FIERRO SUSANA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO

Descripción: REG. P/EJEC. SENT.

EXPTE. Nº : 0021/2002.-

CARATULA: "VIGGIANI SUSANA C/ FIERRO SUSANA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, octubre de 2006.-

Por interpuesto recurso de revocatoria y apelación en subsidio contra la providencia de fs. 86.-

Atento las razones expuestas y habiéndose efectuado un nuevo análisis de la cuestión, teniendo en cuenta el estado y constancias de las presentes actuaciones y a los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutoria nº 30 folios 37/38, entre otros, por lo cual se regulan los honorarios profesionales del Dr. Cristo Walter Guenumil por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 90. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

R.B.

ALEJANDRO J. E. MOLDES

-Juez-

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