Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37023

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-20

Carátula: PRODUCTORES FRUTAS Arg. Coop. Seguros Ltda. C/LOPEZ Eriberto S/ Sumario

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 20 de Octubre de 2006.-

Al punto I, agréguese y téngase presente.-

Al punto II, en atención a lo peticionado, lo manifestado por el letrado de la parte demandada a fs.83 y lo dispuesto por el art. 432 inc.1 del CPC, téngase por desistida a la misma de la declaración testimonial de los Sres.Claudio Picotti y Margarita López, la que no podrá ser producida en esta instancia.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro