Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 12853-132-04

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-20

Carátula: JAMES CAROLA / BEDESCHI FRANCISCO S/ REGIMEN DE VISITAS S/INCIDENTE DE RECUSACION

Descripción: Definitiva

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:12853-132-04

Tomo:

Sentencia

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 18 DE OCTUBRE DE 2006.- VISTOS: Los autos caratulados: “JAMES Carola c/ BEDESCHI Francisco s/ REGIMEN DE VISISTAS s/ INCIDENTE DE RECUSACION”, expte. nro. 12853-132-04 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO:

1.- Que de acuerdo a lo informado precedentemente por la sra. Secretaria (fs. 13), la denuncia efectuada por la sra. Carola James ante el Consejo de la Magistratura, fue archivada con fecha 25 de agosto de 2006.

Que atento lo expuesto, corresponde declarar abstracto el presente incidente y ordenar su archivo.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

I.- Declarar abstracto el presente incidente.-

II.- Dejar constancia que el dr. Horacio Carlos Osorio se abstiene de emitir opinión (art. 271 del CPCC.).

III.- Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente se archiven los presentes actuados.-

c.t.

Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Ante Mí: Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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