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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0571/2006
Fecha: 2006-10-19
Carátula: BARILA ANIBAL C/ ANCAN HORACIO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0571/2006
CARATULA: BARILA ANIBAL C/ ANCAN HORACIO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2006.-
Agréguese la cédula recibida.-
Tiénese presente.-
Atento el estado y constancias, previo a proveer pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas a efectos que se expida con relación a los sellados que deben abonarse, como asi también respecto del aforo de los documentos base de la ejecución.-
Asimismo y existiendo diferencias en el apellido de la demandada, (Currulef o Gurrulef) conforme surge del documento base y del escrito de demanda, aclárese dicha circunstancia.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
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Poder Judicial de Río Negro