include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36343
Fecha: 2005-07-08
Carátula: B.B.V.A. BANCO FRANCES S.A. C/MELANI Domingo y otra S/ Ejecutivo
Descripción: se ordenan oficios.-
//neral Roca, 08 de JULIO de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y toma de razón líbrese oficio a la empleadora (Provincia de Rio Negro, Ministerio de Educacion y Cultura) haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 8.829,79 en concepto de capital con más la de $ 3.500 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Trrábese embargo sobre el bien denunciado a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al RPI haciendose efectiva la medida siempre y cuando sean titulares registrales los aqui demandados por el capital más costas indicados precedentemente.- Requierase asimismo condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-
Oportunamente, notifiquese a los accionados los embargos precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro