Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33648IV

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-13

Carátula: MIHAL Adolfo c/VARSA S.A. S/ Ejecutivo

Descripción: providencia

General Roca, 13 de octubre de 2006.-

Proveyendo a fs. 417/418: A la revocatoria interpuesta no ha lugar, atento que la causa fue remitida al Juez oficiante y habiendose devuelto el expediente el recurso deviene in abstracto.-

Atento lo expuesto no se concede la apelación deducida en forma subsidiaria.-

Hagase saber al peticionante que cualquier planteo sobre el fondo de la cuestión expuesta deberá ser planteada en los autos de la quiebra.-

Proveyendo a fs. 402, 405, 406 y 412 atento lo requerido por la Sra. Juez de la Quiebra de la demandada, a la liberación de fondos solicitada no ha lugar.-

Proveyendo a fs. 419: En función de lo requerido por la juez oficiante procedase al levantamiento de embargo ordenado sobre las sumas que tiene a percibir la firma Varsa S.A. en Crown Casinos S.A.-

Firme que se encuentre la presente, librese el oficio correspondiente.-

Atento lo requerido por la Sra. Juez del proceso universal procedase a la transferencia de los fondos depositados en autos a la cuenta de los autos caratulados " Varsa S.A. s/ Quiebra" (Expte. Nº 45.888- Juzgado Comercial Nº 6 Secretaria Nº 12 de la ciudad Autonoma de Buenos Aires, a la cuenta del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales.-

Firme que se encuentre la presente librese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a esos efectos.-

Proveyendo a fs. 420: Tengase presente la persona facultada.-

Proveyendo a fs. 422: Por recibida la causa, depositese en Caja Fuerte la documentación original acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse dado cumplimiento.- CONSTE.-

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