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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35051
Fecha: 2006-10-12
Carátula: GARCÉS PÉREZ Julio c/SANELLI Rosa Isabel S/ Ordinario
Descripción: contesta traslado.-
//neral Roca, l2 de Octubre de 2006.-
Proveyendo el escrito de fs.569/570. punto I: en atención a lo peticionado por los letrados de la demandada, déjase sin efecto la solicitud de intimación de pago de honorarios ordenada a fs.559.-
Al punto II, III y IV, atento el estado de autos y a los fines de un mejor ordenamiento procesal, ocurran los presentantes po vía separada por la ejecución de sus honorarios.-
Proveyendo el escrito de fs.571/572:Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC) gestión que deberá ser ratificada.-
De la excepción de inhabilidad de titulo y espera interpuesta por la demandada, traslado a la parte actora.-NOT.-
Téngase presente la reserva efectuada.-
Proveyendo el escrito de fs.574, téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs.557 in fine por los letrados Dres. Alejandro David Cataldi, Federidco Raffo benegas y Sergio Mario Barotto y presente lo manifestado para su oportunidad.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro