Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 29745III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-12

Carátula: DEANGELIS Hugo L. C/ CASA TIA S.A. S/ Daños y Perjuicios

Descripción: providencia

General Roca, 12 de octubre de 2006.-

Atento la constancia de fs. 679, en que se notifican los honorarios profesionales al Dr. Jose I. Noacco el día 6-09-06 y la apelación deducida a fs. 687 con fecha 14-09-06 a las 12,35 hs. por aplicación del art. 244 del C.P.C. ( cinco dias) la misma fue presentada fuera de término.-

Por ello corresponde dejar sin efecto la apelación arancelaria concedida a fs. 691 respecto del Dr. Noacco.-

Con ese alcance se hace lugar a la revocatoria interpuesta y no se concede la apelación deducida en forma subsidiaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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