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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33762III
Fecha: 2006-10-09
Carátula: CREDITO CONFIANZA SA C/MARTINEZ Victor Segundo S/ Ejecutivo
Descripción: regulacón acrecidos
//neral Roca, 9 de OCTUBRE de 2006.=
Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Elizabeth Quesada en la suma de $.40.....- los de la Dra. Susana Fiselzon en la suma de $.100....- (M.B. $ 2.621,52.- retiros efectuados- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que de acuerdo a la planilla aprobada a fs. 78, el cheque de fs.94 se libró con un excedente de $ 53,85.- (el saldo era de $ 221,15.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro