include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0117/2002
Fecha: 2006-10-06
Carátula: PARRA CONCEPCION C/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: ALEGATO
EXPTE. Nº: 0117/2002
CARATULA: PARRA CONCEPCION C/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, octubre de 2006.-
Por presentado, parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por presentado el alegato de la parte actora en tiempo y forma, resérvese el mismo en Secretaría hasta su oportunidad.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse reservado el alegato de la parte actora, presentado por el Dr. Néstor Larroulet en su carácter de gestor procesal de la parte actora, el día 04/10/06 a las 11:06 hs. en 1 fojas, bajo el nº P - 24/06. Conste
SECRETARIA, octubre de 2.006.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro