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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0950/2002
Fecha: 2006-10-06
Carátula: LORCA RAUL C/ NIEVAS LUIS VICENTE S/ EJECUTIVO
Descripción: OFICIO COLEGIO MEDICO
Viedma, octubre de 2006.-
Al señor Presidente del
Colegio Médico Zona Atlántica
SU DESPACHO
OFICIO N°
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: LORCA RAUL C/ NIEVAS LUIS VICENTE S/ EJECUTIVO (Expte. Nº 0950/2002), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaria única, a fin de hacerle saber el auto que ordena el presente que en su parte pertinente dice: Viedma, octubre de 2.006.- Atento el estado de las presentes actuaciones, decrétase el levantamiento de los embargos ordenados a fs. 29 y 54, a cuyo fin, líbrese oficios a la Clínica Viedma S.A y Colegio Médico Zona Atlántica.- Fdo. Dr. Alejandro J. E. Moldes - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro