Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34510III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-06

Carátula: VIDAL Gabriel O. c/LA BUENOS AIRES Cía.Arg. S/ Sumario

Descripción: se concede prorroga.-

//neral Roca, 06 de octubre de 2006.-

Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs.384 último párrafo por el letrado apoderado de

Téngase presente la conformidad prestada con la prórroga solicitada por el presentante de fs. 383 apoderado del Banco Bansud SA.-

Intímese al Banco Bansud SA para que dentro del plazo de VEINTE dias cumpla con su obligación de proceder al levantamiento del embargo y la inhibición general de bienes decretada sontra el Sr. Gabriel Vidal en los autos caratulados:BANCO BANSUD SA C/VIDAL GABRIEL OMAR S/EJECUCION PRENDARIA Expte.No 32.833 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial No 19 Secretaria No 37 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todo ello bajo apercibimiento de aplicar astreintes a su costa a partir del vencimiento del plazo otorgado.-NOT.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro