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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35826
Fecha: 2006-10-03
Carátula: MARTIN María Gabriela c/BERDUGO Alberto y otro S/ Sumario
Descripción: a cédula
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CEDULA DE NOTIFICACION
MAPFRE ACONCAGUA CIA DE SEGUROS
DRES. ROQUE LA PUSATA Y ADRIANA RODRIGUEZ CARRIQUIRIBORDE
TUCUMAN 661, 3* PISO, OFICINA 15 Y 16 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “MARTIN MARIA GABRIELA C/BERDUGO ALBERTO Y OTRO S/SUMARIO” (EXPTE. N* 35826-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: //neral Roca, 29 de SETIEMBRE de 2006.-Atento el Congreso convocado para los días 19 y 20 de Octubre, déjese sin efecto la audiencia fijada a fs. 205.-En su reemplazo y a los mismos fines que los indicados, fíjase la audiencia del 31 de OCTUBRE de 2006 a las 8.30 horas. Notifíquese por Secretaría.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
ART. 362 C.P.C.: CONCURRENCIA PERSONAL:
La audiencia del art. anterior, deberá ser tomada inexcusablemente por el Juez, con la presencia de las partes, salvo que se domicilien a más de 200 kilómetros del asiento del Juzgado, en cuyo caso podrán hacerse representar por apoderado.- El Juez que ordene o consienta lo contrario, perderá su competencia para seguir conociendo en el proceso y se hará pasible de una multa de hasta el cinco por ciento de su remuneración mensual debiendo el Tribunal de Alzada vigilar su cumplimiento. En cuanto a las partes, las mismas podrán ser conminadas a comparecer mediante la aplicación de las sanciones previstas en el art. 37.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 04 de octubre de 2.006.-
Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
Alberto Berdugo (Demando)
Dres. Adolfo Martinez, Elizabeth Quesada y Susana Fiselzon
DOMICILIO: ARTIGAS 512 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “MARTIN MARIA GABRIELA C/BERDUGO ALBERTO Y OTRO S/SUMARIO” (EXPTE. N* 35826-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: //neral Roca, 29 de SETIEMBRE de 2006.-Atento el Congreso convocado para los días 19 y 20 de Octubre, déjese sin efecto la audiencia fijada a fs. 205.-En su reemplazo y a los mismos fines que los indicados, fíjase la audiencia del 31 de OCTUBRE de 2006 a las 8.30 horas. Notifíquese por Secretaría.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
ART. 362 C.P.C.: CONCURRENCIA PERSONAL:
La audiencia del art. anterior, deberá ser tomada inexcusablemente por el Juez, con la presencia de las partes, salvo que se domicilien a más de 200 kilómetros del asiento del Juzgado, en cuyo caso podrán hacerse representar por apoderado.- El Juez que ordene o consienta lo contrario, perderá su competencia para seguir conociendo en el proceso y se hará pasible de una multa de hasta el cinco por ciento de su remuneración mensual debiendo el Tribunal de Alzada vigilar su cumplimiento. En cuanto a las partes, las mismas podrán ser conminadas a comparecer mediante la aplicación de las sanciones previstas en el art. 37.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 04 de octubre de 2.006.-
Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante
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CEDULA DE NOTIFICACION
Sra. María Gabriela Martin (Actora)
Dr. Hernán Pinolini Carcioffi (Apoderado)
Tucuman 661, 3* piso, oficina 15 y 16 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “MARTIN MARIA GABRIELA C/BERDUGO ALBERTO Y OTRO S/SUMARIO” (EXPTE. N* 35826-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: //neral Roca, 29 de SETIEMBRE de 2006.-Atento el Congreso convocado para los días 19 y 20 de Octubre, déjese sin efecto la audiencia fijada a fs. 205.-En su reemplazo y a los mismos fines que los indicados, fíjase la audiencia del 31 de OCTUBRE de 2006 a las 8.30 horas. Notifíquese por Secretaría.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
ART. 362 C.P.C.: CONCURRENCIA PERSONAL:
La audiencia del art. anterior, deberá ser tomada inexcusablemente por el Juez, con la presencia de las partes, salvo que se domicilien a más de 200 kilómetros del asiento del Juzgado, en cuyo caso podrán hacerse representar por apoderado.- El Juez que ordene o consienta lo contrario, perderá su competencia para seguir conociendo en el proceso y se hará pasible de una multa de hasta el cinco por ciento de su remuneración mensual debiendo el Tribunal de Alzada vigilar su cumplimiento. En cuanto a las partes, las mismas podrán ser conminadas a comparecer mediante la aplicación de las sanciones previstas en el art. 37.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 04 de octubre de 2.006.-
Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro