include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21541/06
Fecha: 2006-10-02
Carátula: REBORA TOMAS ARMANDO S/ AMPARO S/ COMPETENCIA
Descripción: nat. jur., comp.,proc.-vista Proc.gral.
Expte . N°21541/06-STJ-
///MA, 29 de septiembre de 2006.-
-----Por recibidos.-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Previo a todo, por expresa disposición de Presidencia, (Acordada N° 69/96-STJ-), acredite el amparista el agotamiento de la vía administrativa y la inexistencias de otras vías.- - - ------Fecho.: A fin de que se expida sobre la naturaleza jurídica, competencia y eventual procedencia formal de la acción promovida en autos, córrase vista de las presentes actuaciones a la Procuracón General (art.73 inc.b L.O.). - - - -----A lo demás oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
EN FECHA de septiembre de 2006 CORRI LA VISTA ORDENADA PRECEDENTEMENTE. Conste.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro