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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37623
Fecha: 2006-10-02
Carátula: PONCE Rubens c/BECERRO Jorge O. y Otros S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Inicia Ejecucion
//neral Roca, 02 de OCTUBRE de 2006.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique la actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "MOLINA SAEZ LEONIDAS J. C/BECERRO JORGE O. Y OTROS S/SUMARIO" (Exp. 33.370-IV-01), a fs. 294 se rechaza la demanda interpuesta por Leonidas Jorge Molina Saez y se lo condena en costas en los términos del art. 84 del CPC, regulándose honorarios al perito Rubens Ponce en $500.- lo que se encuentra debidamente notificado y firme. El actor cuenta con Beneficio de Litigar sin Gastos y constituye domicilio en Avda. Roca 1277, piso 2, of. 203 con su letrado Dr. Oscar I. Pineda; Jorge Omar Becerro, Carlos Hugo Becerro y Liderar Cía. de Seguros SA constituye domicilio en Mitre 810, piso 1, of. 1 con los Dres. Rubens Hiza Vila y Carina Tesan.-
Secretaria, 02 de Octubre de 2006.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 02 de Octubre de 2006.-
Téngase presente la certificación que antecede y téngase por iniciada la ejecución de honorarios.-
Líbrense mandamientos de embargo contra JORGE OMAR BECERRO, CARLOS HUGO BECERRO y LIDERAR CIA. SEGUROS SA por la suma de $250,00.- en concepto de capital con más la de $200,00.- que se presupuestan para costas. Cítese de venta por el término de CINCO. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédulas a los domicilios constituídos.-
Respecto a la demandada Liderar Cía. de Seguros, líbrese el mandamiento en los términos de la ley 22.172 a Capital Federal.-
Téngase presente las personas facultadas para el diligenciamiento.-
A la ejecución contra Jorge L. Molina Saez no ha lugar atento lo dispuesto por el art. 84 del CPC.-
En virtud de lo dispuesto por la ley 24432, sólo se admite ejecutar a los demandados en el 50% de los honorarios regulados.-
Déjese constancia en los autos principales.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro