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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36486
Fecha: 2006-10-02
Carátula: JOISON Agustin C/Provincia de RIO NEGRO S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: providencia deja sin efecto autos para resolver
Sr. Juez:
CERTIFICO: Que en virtud de la licencia concedida a Ud. por compensación de feria, entre los días 18 al 22 de septiembre inclusive, el término para resolver en estos autos vence el día 02 de octubre de 2.006.-
Secretaría, 02 de octubre de 2006.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
General Roca,02 de octubre de 2.006.-
Advirtiendose en este estado que las cedulas de fs. 150/151 no ha sido diligenciada, dejese sin efecto el auto para resolver de fs. 162 y cumplase con el traslado ordenado a fs. 147 tercer parrafo en legal forma.-
Proveyendo a fs. 171: Agréguese y téngase presente lo manifestado.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a los fines solicitado en el punto II.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro