Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36486

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-02

Carátula: JOISON Agustin C/Provincia de RIO NEGRO S/ Ejecución de Sentencia

Descripción: providencia deja sin efecto autos para resolver

Sr. Juez:

CERTIFICO: Que en virtud de la licencia concedida a Ud. por compensación de feria, entre los días 18 al 22 de septiembre inclusive, el término para resolver en estos autos vence el día 02 de octubre de 2.006.-

Secretaría, 02 de octubre de 2006.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

General Roca,02 de octubre de 2.006.-

Advirtiendose en este estado que las cedulas de fs. 150/151 no ha sido diligenciada, dejese sin efecto el auto para resolver de fs. 162 y cumplase con el traslado ordenado a fs. 147 tercer parrafo en legal forma.-

Proveyendo a fs. 171: Agréguese y téngase presente lo manifestado.-

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a los fines solicitado en el punto II.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro