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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37582
Fecha: 2006-10-02
Carátula: CREDITO AUTOMATICO S.A. c/CAÑUMIL Luis C. S/ Ejecutivo (*) (GR)
Descripción: Embargo
//neral Roca, 2 de OCTUBRE de 2006.=
Líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado en cualquier concepto -sueldo, horas extras, participaciones-, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 400.- en concepto de capital con más la de $ 200.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro