Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37621

N° Receptoría:

Fecha: 2006-10-02

Carátula: BRICEÑO Lina E. O. S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Inicio

//neral Roca, 02 de Octubre de 2006.-

Por presentado, parte y con domicilio.

Con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),

TESTIMONIAL: Para la declaración de EDUARDO TELLO, ALVARO SARANDON y DANIEL RODRIGUEZ fíjase la audiencia del 7 de marzo de 2007 a las 08:30 horas bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública a la del día 15 de marzo de 2007 a las 09:00 horas. que se fija como supletoria. Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédulas y oficio al sr. Juez de Paz de Cervantes .-

Notifiquese al futuro demandado la iniciación de los presentes y las audiencias precedentemente ordenadas. A tal fin líbrense cédulas directas leuy 22172 a Neuquén Capital y cédula directa a Viedma al Gobernador y Fiscal de Estado. .-

Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).

Hágase saber a las partes que previo a la celebración de las audiencia, deberá estar debidamente notificado los futuros demandados.-

A LA INFORMATIVA: Líbrense oficios a Prossed SA y Jefatura de Policía de Rio Negro a fin de que informen sobre lo requerido.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado documental de fs. 21/41. Conste.-

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