Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35294

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-11

Carátula: CONSORCIO RIEGO VILLA REGINA C/MATTEI Julio y Otro S/ Ejecutivo

Descripción: regulación acrecidos

//neral Roca, 11 de mayo de 2005.

Téngase presente lo manifestado y dése vista a RENTAS.

Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Luis Gustavo Arias en la suma de $.1.100....-(M.B. $....26.590,36.....arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro