Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34575

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-29

Carátula: SIERRA Teresa y Otra c/CHIACHIARINI Rosanna y Otra S/ Sumario

Descripción: a cheque//orden de pago

General Roca, 29 de septiembre de 2.006.-

Proveyendo a fs. 1599: Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 1490 por la suma de $ 5.554,45 respecto de los honorarios de la Dra.Evangelista y $ 5.554,45 del Dr. Zornitta, al 31.03.2006.-

Proveyendo a fs. 1600: Téngase presente lo manifestado y líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a fin de que transfierade la cuenta de autos a la de Rentas, la suma de $ 57,60 en concepto de Ingresos Brutos del Dr. Daniel Vona, a Caja Forense la suma de $ 316,80 en concepto de aporte (11%) y le abone le suma de $ 2.649,60 en concepto de honorarios.-

Téngase presente la conformidad prestada con el levantamiento del embargo y la devolución de la sumas excedidas.-

Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-

Proveyendo a fs. 1601: Téngase presente la suma reconocida en concepto de deuda de honorarios del Dr. Vesciglio $ 418,30 y los honorarios pactados en concepto de acrecidos ($9.000 más 21% de IVA más 5% aportes de Caja Forense a cargo de la demandada).-

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que transfieran de la cuenta de autos, a la de Rentas la suma de $ 8.36 en concepto de Ingresos Brutos del Dr. Rodolfo Vesciglio, y le abone al mismo la suma de $ 409,94 en concepto de honorarios.-

Respecto de los honorarios acrecidos: líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que transfieran de la cuenta de autos, a la de Rentas la suma de $ 180 en concepto de Ingresos Brutos del Dr. Rodolfo Vesciglio, y a Caja Forense la suma de $ 990 en concepto de aportes y le abone al mismo la suma de $ 8.280 en concepto de honorarios y la suma de $ 1.890 en concepto de IVA-

Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-

Proveyendo a fs. 1602: Téngase presente lo manifestado ylíbrese cheque a la orden de Martin Oscar por la suma de $ 5.226,76 y cheque a la orden de Teresa Sierra por la suma de $ 128,66, ambos en concepto de saldo de deuda.-

Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-

Proveyendo a fs. 1603: Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A a fin de que transfieran de la cuenta de autos a la de Rentas la suma de $ 48,80 en concepto de Ingresos Brutos de la Dra. María Cecilia Evangelista y le abone la suma de $ 2.244,80 en concepto de honorarios.-

Asimismo transfiera de la cuenta de autos a la de Caja Forense la suma de $ 268,40, -aportes de la Dra. Evangelista-, a Rentas la suma de $ 9,16 en concepto de Ingresos Brutos de la Dra. María Cecilia Evangelista y le abone la suma de $ 449,29 en concepto de honorarios.-

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que transfieran de la cuenta de autos a la de Caja Forense la suma de $ 268,40 en concepto de aportes de la ley 869 del Dr. Daniel Zornita, a la cuenta de Rentas, la suma de $ 48,80 en concepto de Ingresos Brutos y le abone la suma de $ 2.244,80 en concepto de honorarios.-

Asimismo transfiera a Rentas en concepto de Ingresos Brutos del Dr. Zornita por la suma de $ 9.16 y le abone la suma de $ 449,29 en concepto de honorarios.-

Téngase presente el levantamiento del embargo trabado en autos y de la devolución de las sumas que excedan de los pagos a realizar.-

Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-

Proveyendo a fs. 1604: Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo por su actuación, los honorarios del Dr. Raúl Franco, en la suma de $ 500.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Hágase saber que cualquier extracción en concepto de remanente, deberá contar con la conformidad del Dr. Soto o hacer la reserva suficiente para cubrir los importes regulados.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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