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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0480/2006
Fecha: 2006-09-28
Carátula: VALDEZ HECTOR HUGO C/ MUÑOZ GLADYS MABEL Y OTRA S/ SUMARIO
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº : 0480/2006.-
CARATULA: "VALDEZ HECTOR HUGO C/ MUÑOZ GLADYS MABEL Y OTRA S/ SUMARIO".-
VIEDMA, septiembre de 2006.-
Por presentado y parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto. Por constituído domicilio.-
Por contestada en tiempo y forma la demanda, de la excepción interpuesta, traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Al pedido de citación en garantía, estése a lo dispuesto a fs. 21.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Sin perjuicio de lo dispuesto, existiendo diferencia en los nombres de la demandada Muñoz, aclárese.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro