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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37615
Fecha: 2006-09-28
Carátula: MARILE Victor y Otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Inicio
//neral Roca, 28 de septiembre de 2006.-
Por presentado, parte y con domicilio.
Previo a todo, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor a fin de que informe condiciones de dominio del automotor CDI 797.-
Asimismo, acompáñense la totalidad de las partidas de nacimiento de los presentantes.-
Fecho, con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),
TESTIMONIAL: Para la declaración de DIEGO LEONARDO PALESTRI, VERONICA CABRERA y SERGIO GONCALVEZ fíjase la audiencia del 1 de marzo de 2007 a las 08:30 horas bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública a la del día 8 de marzo de 2007 a las 09:30 horas. que se fija como supletoria. Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Notifiquese a los futuros demandados la iniciación de los presentes y las audiencias precedentemente ordenadas. A tal fin líbrese cédula.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Hágase saber a las partes que previo a la celebración de las audiencia, deberá estar debidamente notificado el futuro demandado.-
A LA INFOMATIVA: Líbrense oficios a la Dirección de Rentas, Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor, Municipalidad de Allen y al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de que informen sobre lo requerido.-
Atento la diferencia en los apellidos que surge del escrito de presentación y el poder de fs. 3, aclárase tal circunstancia.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro