Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 30073IV

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-27

Carátula: MUNICIPALIDAD ALLEN c/HUERTA Y ALFONSO Isabel y O. S/ Ejecutivo

Descripción: regula honorarios

General Roca, 27 de septiembre 2.006.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo por su actuación, los honorarios de los Dres. Roberto Ibarra en $ 100.., Cynthia Bistolfi en $ 100, María Cecilia Evangelista en $ 50 y Estela Dora Rial en $ .50..-

No existiendo gestión útil de la Dra. Liliana Martín de Isidori no se le regulan honorarios.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Imprímase al presente escrito el caracter de pronto y preferente despacho.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro