include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0657/2004
Fecha: 2006-09-26
Carátula: ANDRADE JORGELINA YOLANDA C/ PALOMAR MARIANO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: prov
EXPTE. N° 0657/2004
CARATULA: ANDRADE JORGELINA YOLANDA C/ PALOMAR MARIANO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, septiembre de 2006.-
Tiénese presente lo manifestado por la sra. Asesora de Menores.-
Atento lo pedido, constancias de la causa y teniendo en cuenta la conformidad de la sra. Asesora de Menores, autorízase a la sra. Jorgelina Yolanda Andrade para que en nombre y representación de sus hijos menores María Fernanda Viana, Franco Rubén Viana y Carla Mariel Viana adquiera las herramientas agrícolas detalladas a fs. 197 en la forma y condiciones allí explicitadas. A tal fin expídase fotocopia certificada de la presente.-
En su mérito, autorízase a extraer la suma de U$S 6.000 depositada a plazo fijo en la cuenta de autos, librándose oficio al Banco Patagonia S.A. a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Mario Salvador Cáccamo a su sola presentación la suma indicada precedentemente, debiendo proceder a la renovación del plazo fijo por el saldo remanente en la forma dispuesta con anterioridad.-
Todo ello con oportuna rendición de cuentas.-
Asimismo y toda vez que el tractor adquirido resulta ser un bien registrable, hágase saber que deberá acreditarse en autos la inscripción del mismo a nombre de los menores en el Registro de Maquinarias.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro