Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0482/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-21

Carátula: ALBECA S.A. C/ MARITIMA SAN JOSE S.A. S/ EJECUTIVO

Descripción: DECRETA INHIBICION

EXPTE. Nº : 0482/2002.-

CARATULA: "ALBECA S.A. C/ MARITIMA SAN JOSE S.A. S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, septiembre de 2006.-

Tiénese presente lo manifestado. Atento lo peticionado y las constancias obrantes en la causa, en los términos del art. 534 del Cód. Pr., decrétase la inhibición general de bienes a nombre de la firma demandada, Marítima San José S.A., C.U.I.T. nº 30-69056590-7, con domicilio en calle Beltrán y Libertad de la localidad de San Antonio Oeste, provincia de Río Negro. A tal fin, líbrense los siguientes oficios: a los Registros de la Propiedad Inmueble y de la Propiedad Automotor nº 1 y nº 2 de esta ciudad y al de la Propiedad Automotor de San Antonio Oeste. Asimismo, líbrense oficios con los recaudos de la Ley 22.172 a los Registros de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

R.B.

ALEJANDRO J. E. MOLDES

-Juez-

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Poder Judicial de Río Negro