include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14016-104-06
Fecha: 2006-09-21
Carátula: HOUTTAVE GERARD / GALLARDO MIRSA IRENE S/ LEY 3040
Descripción: INTIMAR A CUMPLIR CON EL ART. 283 CPCC
Expediente Nro.14016-104-06
San Carlos de Bariloche, 21 de septiembre de 2006
Por presentado, parte en elcarácter invocado y domiciliado.-
Previo a todo, intímase a la presentante a dar acabado cumplimiento con los extremos exigidos por el art. 283, inc.1°, ap. d), e inc. 2°) del C.P.C.C., dentro del término de dos días, bajo apercibimiento de declarar la inadmisibilidad de la queja.
Por invocada gestión.- Intímase a la parte ratificar la misma dentro del término de dos días de notificado, bajo apercibimiento de ley (art. 48 del C.P.C.C.).-
EDGARDO J. CAMPERI
Presidente de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro