Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14016-104-06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-21

Carátula: HOUTTAVE GERARD / GALLARDO MIRSA IRENE S/ LEY 3040

Descripción: INTIMAR A CUMPLIR CON EL ART. 283 CPCC

Expediente Nro.14016-104-06

San Carlos de Bariloche, 21 de septiembre de 2006

Por presentado, parte en elcarácter invocado y domiciliado.-

Previo a todo, intímase a la presentante a dar acabado cumplimiento con los extremos exigidos por el art. 283, inc.1°, ap. d), e inc. 2°) del C.P.C.C., dentro del término de dos días, bajo apercibimiento de declarar la inadmisibilidad de la queja.

Por invocada gestión.- Intímase a la parte ratificar la misma dentro del término de dos días de notificado, bajo apercibimiento de ley (art. 48 del C.P.C.C.).-

EDGARDO J. CAMPERI

Presidente de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro