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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0685/2003
Fecha: 2006-09-20
Carátula: OTERO ILEANA RAQUEL C/ RODRIGUEZ ADEMAR JORGE S/ EJECUTIVO
Descripción: APROBACION LIQUIDACION (DOLAR) Y REG. HON.
EXPTE. Nº 0685/2003
AUTOS: OTERO ILEANA RAQUEL C/ RODRIGUEZ ADEMAR JORGE S/ EJECUTIVO
Viedma, septiembre de 2.006.-
1) Atento el estado de autos, constancias de la causa y de conformidad a lo dispuesto en el art. 247 del C.Pr., declárase desierto el recurso concedido en la resolución de fs. 60/61.-
2) De acuerdo a lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 129 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma total de $ 175.554, discriminados de la siguiente manera: la suma de $ 1.244 en concepto del 50 % del sellado de pagarés e intereses a la tasa mix y la suma de $ 174.310 por capital convertido a moneda de curso legal, más un intereses del 6 % anual atento la naturaleza extranjera de la moneda reclamada en autos, todo al 31-08-2006.-
3) Atento lo resuelto en el punto I de la sentencia dictada a fs. 109/110 y teniendo en cuenta el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Manuel Maza y Leandro Sferco, en conjunto, en la suma de $ 26.844 (coef. 11 % y 40 %), los del Dr. Juan Pablo Chirinos en la suma de $ 17.083 (coef. 7 % + 40 %) M.B.: $ 174.310, y los de la perito calígrafa Sra. Alejandra Elisa López en la suma de $ 500. (arts. 7, 8, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro