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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0622/2004
Fecha: 2006-09-19
Carátula: EZCURRA SUSANA N. Y SILVA JORGE M. S/ DIVORCIO VINCULAR S/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES
Descripción: prov
EXPTE. N° 0622/2004
CARATULA: EZCURRA SUSANA N. Y SILVA JORGE M. S/ DIVORCIO VINCULAR S/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES
Viedma, septiembre de 2006.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 99.-
Atento la oposición de la demandada al planteo del incidentista de fs. 97 y habida cuenta la naturaleza de los principios que rigen la imposición de costas (art. 68 C.Pr.), sigan los autos según su estado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro