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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0672/00/6
Fecha: 2006-09-19
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ QUIÑENAO MARIA DE LAS NIEVES S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señora: María de la Nieves Quiñenao
Domicilio: Las Heras nº 1.830, P.B., Dpto. "C" (real)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CREDIL S.R.L. C/ QUIÑENAO MARIA DE LAS NIEVES S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0672/00/6, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, septiembre de 2.006.-... Hágase saber a la demandada que existe saldo remanente a su favor. Notifíquese.-Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
NOTA: se le hace saber que la suma para cobrar es de $ 41,65 y para su percepción deberá concurrir a este Juzgado munida de su documento de identidad cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 hs. a 12.30 hs..-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2006.-
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Poder Judicial de Río Negro