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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0302/2002
Fecha: 2006-09-19
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ HIDALGO ROSA OFELIA S/ EJECUTIVO
Descripción: PROV. ARMANDO
EXPTE. Nº : 0302/2002.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ HIDALGO ROSA OFELIA S/ EJECUTIVO.-
Viedma, septiembre de 2006.-
Por presentado, parte conforme el poder acompañado y con domicilio ya constituido.-
Tiénese presente lo manifestado y atento lo peticionado, teniendo en cuenta las constancias obrantes en la causa, en especial lo informado a fs. 24/30, líbrese oficio a la Dirección de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, a los fines que informe los montos y número de cuenta en donde se efectuaron los depósitos de las sumas embargadas en autos, caso contrario, intímase a dicho organismo a dar estricto cumplimiento con el embargo decretado y comunicado mediante oficio n° 1155/03 de fecha 10/07/03, bajo apercibimiento de ley, debiendo transcribirse los arts. 398 y 399 del C. Pr..-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro