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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34510III
Fecha: 2006-09-19
Carátula: VIDAL Gabriel O. c/LA BUENOS AIRES Cía.Arg. S/ Sumario
Descripción: contesta traslado.-
//neal Roca, 19 de Setiembre de 2006.-
Al punto I:Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs.282 por el letrado apoderado del Banco BANSUD SA. y presente lo manifestado.-
Al punto II, atento el compromiso asumido en la cláusula I.1) del convenio suscripto entre las partes, procédase al desglose del expediente caratulados: BANCO BANSUD SA C/VIDAL GABRIEL OMAR S/EJECUCION PRENDARIA Expte.No 32833 el que se encuentra agregado a fs. 258/341 y hágase entrega del mismo al presentante por Secretaria y bajo constancia a los fines de efectuarl el levantamiento de las medidas cautelares efectivizadas en jurisdicción de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
Al punto III, de la prórroga solicitada, traslado a la parte actora.-NOT.-
Dr. RICHAR GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro